Convocatoria abierta · pymes

Orden de 30 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a las empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT), y se procede a su convocatoria para el año 2026

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

450.000 €dotación de la convocatoria
quedan 18 díasplazo de solicitud · hasta 30/09/2026

Este programa de incentivos está dirigido a empresas calificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT) y tiene como finalidad el fomento del empleo. La subvención cubre diversas actividades económicas, incluyendo tecnología, industria, comercio, y servicios, entre otras.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias; Actividades profesionales, científicas y técnicas.

Ámbito: Galicia.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 885594 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Sujeta al régimen de minimis
Una misma empresa no puede recibir más de 300.000 € en ayudas de minimis en cualquier periodo de tres años (Reglamento UE 2023/2831). Cuenta lo que ya hayas cobrado de otras administraciones. Algunos sectores tienen topes distintos: compruébalo en las bases.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Lo que ya se ha concedido

Resoluciones publicadas en la BDNS para esta convocatoria. Son cifras reales: no estimamos nada.

Ayudas ya concedidas
12
Importe total repartido
221.935 €
Ayuda mediana
12.500 €
Rango habitual
11.545 € – 20.500 €
Beneficiarios distintos
9

Sobre la dotación publicada, quedarían unos 228.065 € por conceder.

Quién la gana de verdad

Sobre 12 concesiones ya publicadas en la BDNS. La cifra de la derecha es el porcentaje de beneficiarios y su ayuda mediana.

Sociedades limitadas91.7% · 12.500 €
Cooperativas8.3% · 34.503 €

La ganan sobre todo empresas: es terreno propio de una pyme.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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