Convocatoria abierta · pymes

Orden de 24 de marzo de 2026, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones para la financiación de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo para el año 2026

Consejería de Industria, Comercio y Empleo

2.059.206 €dotación de la convocatoria
quedan 5 díasplazo de solicitud · hasta 17/09/2026

Se convocan subvenciones para financiar unidades de apoyo a la actividad profesional en centros especiales de empleo de Castilla y León. Están dirigidas a entidades titulares de estos centros que empleen a personas con discapacidad con dificultades de inserción. Las ayudas cubren los servicios de ajuste personal y social para estos trabajadores.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias.

Ámbito: Castilla y Leon.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 890312 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Régimen de ayuda de Estado
{"orden": null, "descripcion": "REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación"}
Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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