Convocatoria abierta · pymes

Resolución 5580/2026. Bases Reguladoras y convocatoria para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos en países en vías de desarrollo, dirigidas a entidades locales, mancomunidades y consorcios de la Provincia de Sevilla

Diputación Provincial de Sevilla

430.600 €dotación de la convocatoria
quedan 9 díasplazo de solicitud · hasta 21/09/2026

Estas ayudas cofinancian proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y cultural en países en vías de desarrollo. Están dirigidas a entidades locales, mancomunidades y consorcios de la Provincia de Sevilla. La subvención máxima es de 40.000€, cubriendo hasta el 80% del coste total del proyecto, y puede incluir gastos de personal, servicios técnicos, viajes, estancias y dietas.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 924371 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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