Convocatoria abierta · pymes

Resolución 5579/2026 de 10 de agosto, de la Diputación de Sevilla, por la que se convocan las Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo, dirigidas a ONGDs

Diputación Provincial de Sevilla

1.144.850 €dotación de la convocatoria
quedan 9 díasplazo de solicitud · hasta 21/09/2026

La Diputación de Sevilla convoca ayudas para la cofinanciación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y culturales en países en vías de desarrollo. Estas ayudas están dirigidas a ONGDs legalmente constituidas, sin fines de lucro, y que tengan como fines institucionales la cooperación internacional. Las subvenciones cubrirán proyectos que se encuentren dentro del período establecido en las bases, priorizando actuaciones en Iberoamérica y países árabes.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos; Actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio; Actividades financieras y de seguros; Actividades inmobiliarias.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 924356 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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