Convocatoria abierta · pymes

Ayudas de minimis para el fomento de la recría del ganado bovino lechero, inscrito en los libros genealógicos, a las explotaciones de las Illes Balears para el año 2026

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de Las Islas Baleares (Fogaiba)

140.000 €dotación de la convocatoria
quedan 139 díasplazo de solicitud · hasta 29/01/2027

Estas ayudas de minimis están destinadas a fomentar la recría de ganado bovino lechero de raza frisona en las Illes Balears. Los beneficiarios son titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas de las Illes Balears (REGA), dedicadas a la recría de esta raza. La subvención cubre la inscripción de las terneras en el libro genealógico correspondiente.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.

Ámbito: Illes Balears.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 902345 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Sujeta al régimen de minimis
Una misma empresa no puede recibir más de 300.000 € en ayudas de minimis en cualquier periodo de tres años (Reglamento UE 2023/2831). Cuenta lo que ya hayas cobrado de otras administraciones. Algunos sectores tienen topes distintos: compruébalo en las bases.
Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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