Convocatoria abierta · pymes

Orden de 21 de noviembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para paliar los daños producidos por el jabalí en los cultivos agrícolas y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MT809E)

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

1.405.832 €dotación de la convocatoria
quedan 59 díasplazo de solicitud · hasta 10/11/2026

Estas ayudas están destinadas a personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (REAGA) o de explotaciones de autoconsumo, que hayan sufrido daños en sus cultivos agrícolas causados por jabalíes. Las subvenciones cubren los daños materiales en los cultivos, con un importe máximo de 2.750 € por persona beneficiaria.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.

Ámbito: Galicia.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 871824 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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