Convocatoria abierta · pymes

Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

75.000 €dotación de la convocatoria
quedan 23 díasplazo de solicitud · hasta 05/10/2026

Estas ayudas de emergencia social están destinadas a personas emigrantes gallegas nacidas en Galicia y residentes en América, así como a sus hijos y descendientes hasta segundo grado en casos de emergencia sanitaria. Cubren gastos extraordinarios de subsistencia, adecuación de vivienda o asistencia sanitaria, siempre que carezcan de recursos suficientes y no puedan ser cubiertos por otras ayudas. Las cuantías oscilan entre 500 € y 3.000 €.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Prestación de servicios a la comunidad en general.

Ámbito: Galicia.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 885398 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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