Convocatoria abierta · pymes

Orden de 7 de octubre de 2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones para la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales, y de ficción, y pilotos de series de animación y televisión

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

325.000 €dotación de la convocatoria
quedan 14 díasplazo de solicitud · hasta 03/11/2026

Se convocan subvenciones para la preproducción, producción y distribución de largometrajes, documentales, de ficción y pilotos de series de animación y televisión. Podrán ser beneficiarias empresas productoras cinematográficas y audiovisuales, así como agrupaciones de empresas, con domicilio o sucursal en Castilla y León. Las ayudas cubren las fases de preproducción, producción y distribución de los proyectos audiovisuales.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical.

Ámbito: Castilla y Leon.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 933894 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Sujeta al régimen de minimis
Una misma empresa no puede recibir más de 300.000 € en ayudas de minimis en cualquier periodo de tres años (Reglamento UE 2023/2831). Cuenta lo que ya hayas cobrado de otras administraciones. Algunos sectores tienen topes distintos: compruébalo en las bases.
Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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