Convocatoria abierta · pymes

Convocatoria plurianual de ayudas a la rehabilitación por actuaciones de accesibilidad a la ciudad de Barcelona para el año 2026 con cargo a los presupuestos de los años 2026, 2027 y 2028

Consorcio de La Vivienda de Barcelona

4.500.000 €dotación de la convocatoria
quedan 48 díasplazo de solicitud · hasta 30/10/2026

Esta convocatoria plurianual de ayudas en Barcelona, con cargo a los presupuestos de 2026-2028, subvenciona actuaciones de accesibilidad en edificios residenciales. Pueden solicitarla personas físicas y jurídicas propietarias de viviendas unifamiliares o edificios plurifamiliares, así como comunidades de propietarios. Las ayudas cubren obras de rehabilitación para mejorar la accesibilidad, con requisitos específicos sobre permisos, inspecciones técnicas y empadronamiento.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Personas físicas que no desarrollan actividad económica; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades relacionadas con el empleo; Conservación, restauración y otras actividades de apoyo al patrimonio cultural; Construcción de edificios; Otras actividades de construcción especializada; Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.

Ámbito: Barcelona.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 921364 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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