Convocatoria abierta · pymes

Convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la investigación científica de excelencia: María de Guzmán 2026

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología

3.000.000 €dotación de la convocatoria
quedan 13 díasplazo de solicitud · hasta 25/09/2026

La Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) convoca ayudas para el fomento de la investigación científica de excelencia, destinadas a entidades con personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España. Las ayudas cubren hasta el 85% del coste de suscripción a bases de datos bibliográficas multidisciplinares con citas e impacto propio para el ejercicio 2026, con un presupuesto máximo de 3.000.000 euros.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Gran empresa; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades administrativas y servicios auxiliares; Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; Actividades profesionales, científicas y técnicas; Actividades sanitarias y de servicios sociales; Educación; Industria manufacturera.

Ámbito: nacional (toda España).

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 915588 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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