Convocatoria abierta · pymes

Acuerdo del Consejo Ejecutivo, 11.05.2026, relativo a bases y convocatoria de ayudas para contratar personal monitor en actividades de ocio educativo para atender participantes con dependencia y/o discapacidad y financiar la participación de estos menores

Consell Insular de Menorca

150.000 €dotación de la convocatoria
quedan 18 díasplazo de solicitud · hasta 30/09/2026

Estas ayudas subvencionan la contratación de personal monitor para actividades de ocio educativo dirigidas a menores con dependencia o discapacidad, y también la financiación de la participación de estos menores en dichas actividades. Están destinadas a personas o entidades organizadoras de actividades de ocio educativo infantil y juvenil en las Illes Balears, y cubren parte de los gastos de contratación de monitores y la financiación de la participación de los menores con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o de dependencia reconocida.

¿Quién puede solicitarla?

Dirigida a Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Sector destinatario: Actividades auxiliares a la educación; Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.

Ámbito: Menorca.

Datos oficiales de la convocatoria. Comprueba los requisitos completos en las bases reguladoras antes de solicitar.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones · convocatoria 912020 · bases reguladoras

Sincronizado con la BDNS: hoy · datos oficiales

Antes de decidir

Ir a la sede electrónica donde se solicita →
Es la sede oficial del organismo convocante, tal y como la publica la BDNS.
Ojo al requisito de morosidad (art. 13.3 bis LGS). En convocatorias que pueden superar los 30.000 €, una empresa con ánimo de lucro no puede ser beneficiaria si incumple los plazos de pago a proveedores de la Ley 3/2004 — con carácter general, 60 días. Se acredita tras la propuesta de resolución provisional, pero el cumplimiento se mide en el momento de solicitar: si tienes facturas fuera de plazo, regularízalas antes. Se considera cumplido con un 90% o más de facturas pagadas en plazo. No afecta a entidades sin ánimo de lucro ni de derecho público.

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Los datos proceden de fuentes oficiales públicas. OPES no es el órgano convocante; la solicitud se presenta ante la Administración según sus bases.

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